lunes, 2 de mayo de 2016

EL 5 DE MAYO COMIENZA EL CRONOGRAMA DE PAGOS

Se pagará el segundo tramo del aumento previsto en el acuerdo salarial 2016 para los empleados del Poder Ejecutivo Provincial.

  A partir de los salarios de ese mes se comenzó a aplicar la ley 4640, que prevé la conversión de sumas "No Remunerativas" en "Remunerativas" para empleadas con 50 años de edad. De esta manera las actuales sumas no remunerativas se computarán para el cálculo del haber jubilatorio.

  Éste cronograma, da inicio con el depósito de los salarios a los docentes cuyos apellidos comiencen con letras de la A a la L, comenzará el jueves 5 de mayo el cronograma de pago de sueldos a los empleados de la Administración Pública Provincial.

  El cronograma continuará el viernes 6 con el pago a los docentes con apellidos de la M a la Z, y a los de Escuelas Públicas de Gestión Privada.

 Para el sábado 7 se hará efectivo el pago de haberes a los empleados de Salud Pública, Servicio Penitenciario Provincial y Policía de Río Negro.

  El martes 10 se abonará a los trabajadores de la Ley 1844 con apellidos iniciados con letras de la A a la L, mientras que el miércoles 11 se pagará al resto de este sector y Porteros y pensiones de Bomberos Voluntarios.

  Dicho cronograma de sueldos culmina el jueves 12 con los Poderes Legislativo y Judicial, y Organismos de Control.


En lo que hace a los empleados del Poder Ejecutivo Provincial comprendidos en el Régimen Retributivo Transitorio (Ley 3959 que incluye Ley 1844), con los salarios de abril corresponde un aumento con una suma fija mensual de $800 para todos los agrupamientos excepto el profesional que revisten de la categoría de 1 a 11, mientras que los de  categoría de 12 a 18, se les suma un 7% de incremento adicional sobre los valores de la grilla de enero de 2016.

En tanto, para el Agrupamiento profesional les corresponde un aumento del 7% los valores de enero de la grilla de profesionales de pre-grado, grado y post-grado.

En tanto, el aumento salarial para el Escalafón Sanitario (Ley 1904)  correspondiente al segundo tramo pagadero con los sueldos de abril, será aplicado en los mismos tramos que el agrupamiento profesional del Régimen Retributivo Transitorio.

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